Solicitud de cambio de apellido para toda la familia en una representación israelí en el exterior
Este servicio le permite a todo aquel que está inscripto en el Registro de Población de Israel, presentar una solicitud de cambio de apellido para él, para su cónyuge y para sus niños menores de 18 años, en una representación israelí en el exterior
Condiciones para la obtención del servicio
- Es obligatoria la presencia del solicitante del servicio.
- El servicio es proporcionado a residents y ciudadanos mayores de 18 años.
- Pueden solicitor el servicio padres para sus niños menores de 18 años.
- Al presentar una solicitud para quien es menor de 18 años, se requiere el consentimiento de los dos padres, la presencia de ambos progenitores y la presentación de documentos identificativos de los padres y del menor.
Tengan en cuenta:
- Se puede cambiar el nombre, una vez cada 7 años. En casos excepcionales, será requerida una autorización del Ministro de Interior.
- En una representación israelí en el exterior no se puede actualizar el cambio de nombre en el documento de identidad, sino solamente en los documentos de viaje.
- A fin de actualizar el cambio de nombre en el documento de identidad, debe dirigirse a la Autoridad de Población de Israel.
Documentos requeridos
- Formulario de solicitud para el cambio de nombre
- Documento de viaje.
Costo del servicio
Cambio de apellido para menores de 18 años-conforme al tarifario en el sitio web de la representación en el país en el cual es solicitado el servicio.
El cambio de apellido para los menores de 18 años se realiza sin costo alguno.
Presentación de la solicitud
Se debe imprimir y completar a mano el formulario de notificación del cambio de nombre y presentarlo en la representación israelí del país de residencia con los documentos requeridos.
El formulario de notificación con respecto al cambio de nombre debe imprimirse y completarse con letra manuscrita y enviarse a la Representación de Israel en el país de residencia con los documentos requeridos.
El aviso: “Presten atención: en caso de contradicción o no correspondencia entre la información que aparece en la hoja informativa y las disposiciones de la ley relevantes, prevalecerán las disposiciones de la ley.”