Libertad de Información
Acerca
Acerca de
La ley, que entró en vigencia en mayo de 1999, establece que todo ciudadano o residente israelí tiene derecho a recibir información de una autoridad pública, de conformidad con las disposiciones de la ley.
La ley otorga a los ciudadanos israelíes el derecho a recibir información del Ministerio de Aliá y de Integración sobre sus actividades, datos estadísticos, información personal y más. La ley también proporciona una lista de los tipos de información que no se brindarán o de acuerdo al criterio del Ministerio si se debe dar o no.
El solicitante puede presentar una solicitud de información sin tener que explicar, y la persona a cargo de la libertad de información revisará la solicitud y responderá de acuerdo con las disposiciones de la ley.
Información adicional sobre la ley se puede encontrar en el sitio web de la Unidad Gubernamental para la Libertad de Información.
Antes de presentar una solicitud, es recomendable verificar si ya se dio una respuesta sobre el tema en la base de datos de respuestas de la Unidad Gubernamental para la Libertad de Información.
¿Cómo recibo información en el Ministerio de Aliá y de Integración?
Si desea recibir información del Ministerio de Aliá y de Integración, debe:
- Llene un formulario de solicitud de información
- Adjunte el permiso de que la solicitud ha sido pagada
De conformidad con la Decisión del Gobierno N ° 2950, se estableció el sitio principal para la libertad de información (en hebreo), por la Unidad de Libertad de Información del Gobierno, junto con el gobierno, a través del cual las solicitudes de libertad de información se pueden presentar ante un gran número de autoridades públicas. El sitio incluye, entre otras cosas, una base de datos dedicada de respuestas brindadas por los superiores en las solicitudes que fueron presentadas según la ley.
Carta de solicitud
Según el Reglamento de Libertad de Información (Tarifas), 5759-1999, que fue promulgado por el Ministro de Justicia, el solicitante que solicite información debe pagar una "tarifa de solicitud" de 24 NIS.
Una persona que solicita información pagará una tarifa de solicitud y se comprometerá a pagar una tarifa de tratamiento y una tarifa de producción, hasta un monto que no exceda los NIS 178.
La información que una persona solicita sobre sí misma está exenta de la tarifa de solicitud. Como, una persona puede obtener información sobre sí misma en la sucursal del Ministerio de Aliá y de Integración más cercana a su lugar de residencia.
Se puede pagar la tasa de solicitud:
- En el Banco Postal, a la Cuenta del Banco Postal 0-02221-4, a nombre del "Ministerio de Aliá y de Integración - Ley de Libertad de Información".
- Pago con tarjeta de crédito.
Presentación de queja: Se puede presentar una queja ante la Unidad Gubernamental para la Libertad de Información por falta de respuesta a una solicitud de información en los plazos establecidos por la ley y por otros temas. Para más detalles y para presentar una queja, ver Presentación de queja ante la Unidad Gubernamental para la Libertad de Información.
Para profundizar el conocimiento e información completa sobre la implementación de la Ley de Libertad de Información: el Curso de formación para responsables de libertad de información.
Funcionarios
- Responsable de proporcionar información al público
Esti Aflalo Ben Harush
- Correo electrónico [email protected]
- Tel054-6929392